lunes, 21 de octubre de 2013

Hija de carceleros de Larrabure, candidata a diputada

– 20 OCTUBRE, 2013PUBLICADO EN: EDITORIAL
Captura
Josefina González se postula segunda tras la lista que encabeza Jorge Obeid, por el Frente para la Victoria. Sus padres secuestraron, torturaron y asesinaron al mítico soldado argentino.

David ReyPor David Rey
Cierto que muchos hijos suelen adoptar los modos, las costumbres y hasta la manera de hablar de sus padres; es normal que así sea. Es el caso, notable, de Josefina González, segunda candidata a Diputada Nacional por el kirchnerismo, quien evidentemente embebió la impronta de sus progenitores, es decir, los terroristas-secuestradores-carceleros del Coronel Argentino del Valle Larrabure. <‘detenidos’
 siempre fue con respeto>>, ha dicho para el diario “Página 12”, y aclara: <>. No se pueden quejar, en fin.
Luego de pasar 372 días secuestrado (“detenido”, según J. González) en una “cárcel del pueblo” – una celda subterránea disimulada en una casa de familia – Larrabure fue hallado sin vida y con claros signos de haber sido torturado y asesinado. Sus crueles secuestradores fueron los integrantes del Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP) Amorosa Brunet de González y sus padres Dardo Tosetto y Ruth González, hoy sorprendentemente recordados como víctimas en el Muro de la Memoria, en Buenos Aires. Todo pareciera indicar, incluso, que los familiares de estos terroristas habrían cobrado la indemnización que el Estado destina para las “víctimas de la represión” de la última Dictadura Militar.
No se trata de cargar tintas contra Josefina González, puesto que ella no tiene absolutamente ninguna responsabilidad al respecto del proceder delincuencial de sus padres, más bien es otra víctima de lo mismo. No obstante, “la Tana” (como se hace llamar justamente en “homenaje” a su padre) no manifiesta pudores al momento de incurrir en una retórica reivindicatoria del terrorismo subversivo que asoló nuestro país desde el año 1969 a poco más de 1979.
Captura 3Al respecto del oportuno repudio de Arturo Larrabure (hijo del Coronel Larrabure) a que los secuestradores, torturadores y asesinos de su padre figuren en el Muro de la Memoria en calidad de víctimas, la “Tana” ha respondido con increíbles evasivas: <‘ese monumento’ [sic] que indigna tanto a Larrabure no tuvieron>>. Sería extraño que Arturo no tenga “mucha lectura” sobre lo que le pasó a su propio padre cuando contaba con sólo quince años (por lo que incluso ha escrito el libro “Un canto a la Patria”). Convengamos que, entonces, los Larrabure no han tenido mucha defensa que digamos.
Quizás sea ella la que se privó de algunas lecturas al respecto. Dice que su familia “no tuvo la posibilidad de tener una defensa”. Sin embargo, el encargado de abolir esa defensa no fue tanto el Proceso Militar como el gobierno democrático de Héctor Cámpora, quien a poco de asumir anuló la Cámara Federal Penal, acaso el único organismo jurisprudencial con competencia para abarcar la tipificación de los delitos imputables, por caso, a los secuestradores de Larrabure. Vale aclarar que lo mismo se dio por influjo de las bandas terroristas de entonces. Es decir, fueron los propios padres de J. González quienes se encargaron de asegurarse que nadie los defienda, máxime si los jueces de dicha cámara fueron asesinados por la guerrilla o, por miedo a lo mismo, tuvieron que exiliarse.
1Josefina “la Tana” González, segunda en la lista partidaria que encabeza el montonero Jorge “Cebollita” Obeid (a quien se lo sindica como el responsable de la voladura de un colectivo de la policía santafesina en 1976, causando once víctimas mortales), incurre en un grosero victimismo al momento de exculpar a sus padres por sus crímenes de lesa humanidad: <>, ha dicho a Página 12. A sus consideraciones cabría agregarles – para que no haya una “sola visión” – que sus padres fueron los secuestradores, torturadores y asesinos del Coronel Larrabure en pleno gobierno democrático de Isabel Perón.
<>, dice la “Tana” respecto de su madre, y la verdad que no habrá sido muy “cómodo” haber mantenido secuestrado un año entero al Coronel Larrabure.<>, señala, elevándola al olimpo de los mártires consagrados; lástima que por culpa suya no haya muchas personas que recuerden los ojos del Coronel Larrabure, quien falleció asesinado pesando 50 kilos menos y con 3,50 grados de alcohol en sangre (coma alcohólico), lo que torna ridícula la hipótesis del suicidio (amén de que lo mismo, por supuesto, no atenúa la gravedad del crimen, como pretende la feligresía progresista).
Es, pues, verdaderamente una pena que Ruth González haya desaparecido; ¿quién mejor que ella para contar cómo eran los ojos de Larrabure cuando entonaba el Himno Nacional mientras lo torturaban o cuando lo desmoralizaban con simulacros de fusilamiento? Menos mal, empero, que las víctimas del ERP fueron “bien tratadas” y contaban con “cigarrillos” – según cuenta Josefina “Tana” – para digerir el hecho de estar “detenidos” en cárceles subterráneas (¿por qué, para qué, con qué derecho?).
Qué opina Arturo Larrabure
Captura 5Consultado por este medio al respecto de qué piensa sobre la candidatura a diputada de la hija de quienes fueron los carceleros y asesinos de su padre, Arturo Larrabure me diría que <>.
También diría que los padres de Josefina González <> y que <>, aunque <>.
Conclusión
La candidatura a diputada por parte de Josefina González no debiera sorprendernos toda vez que desde el año 83 hasta la fecha ha ido ocurriendo una verdadera “terrorización” de todas las dependencias gubernamentales y políticas (tal como con Cámpora en el 73), en el sentido que los miembros de las facciones terroristas – derrotados en la guerra por las fuerzas legales – han conseguido otro medio para enquistarse en el poder. Si ellos llegaron, no debiera extrañarnos que sus hijos también lleguen.
Captura 2Pero hay una interesante diferencia: Josefina González no es una terrorista. Es – a pesar del lugar desde donde ella lo mira – una víctima directa de aquella instancia histórica que cambió la vida del país. Ella es víctima de injusticias varias (que, como ella sabe, la conminaron a crecer sin la suerte de contar con una familia propia), por ende está autorizada mejor que nadie a tener un propio criterio al respecto de lo que ella misma tuvo que sufrir. No obstante, si consideramos que Josefina ambiciona representar a los ciudadanos nada menos que como diputada, sería sumamente loable que pudiera “despegarse” de ciertos vicios setentitas ostensibles en sus palabras.
Ella, a diferencia de los terroristas que ocupan cargos, no posee ningún crimen que limpiarse ni ninguna mentira que sostener. Por lo mismo es que no tiene ninguna obligación de negar un asesinato comprobado por la misma Corte Suprema de Justicia (que dictaminó que el Coronel Larrabure fue estrangulado – la candidata dice que se suicidó) ni mucho menos en llamar “detenidos” a quienes estuvieron secuestrados por terroristas en procura no sólo de exculpar a estos últimos sino – lo que es más grave – de legitimar un proceder criminal tipificado, nada menos, como de lesa humanidad.
Debiera Josefina aceptar la invitación al diálogo que le ofrece Arturo Larrabure y así demostrarle que ella, al igual que él, no es soldado de ninguna causa perdida sino estratega de un futuro exento de tristes resabios y odiosas venganzas. Si, como ha dicho, puede comprender “mejor que nadie” el hecho de crecer sin padres, pues miles de familias argentinas víctimas de la subversión estarían dispuestas a recibirla, escucharla y confiar en ella. La Fe de muchos argentinos estaría puesta en ese gesto de grandeza que tanta falta nos hace.

domingo, 20 de octubre de 2013

Amelong. La Corte de Santa Fe falla a favor de un Preso Político detenido en Marcos Paz

http://horaciopalma.blogspot.com.ar/2013/10/amelong-la-corte-de-santa-fe-falla.html

domingo, 20 de octubre de 2013

 La Corte de Santa Fe falla a favor de un Preso Político detenido en Marcos Paz



                                           

Al Dr. Juan Daniel AMELONG,  El Colegio de Abogados de Rosario le canceló la matricula por haber sido condenado por delitos de lesa humanidad, sin que el fallo estuviere firme. 
Su abogado defensor apeló la decisión y la Cámara de Apelaciones falló a favor de Amelong. 
Pero la venganza, montada en la ideología más que en la ecuanimidad de las leyes, lamentable para un Colegio de Abogados pudo más. El Colegio de abogados de Rosario interpuso recurso ante la Corte, llamando a expertos para que lo redacten: Querían que al Dr. Amelong, Soldado de Ejército Argentino y cuyo padre, empleado de Acindar en los 70 fue acribillado por Montoneros en un atentado en que casi muere también la hermana del Dr. Juan Daniel Amelong, le fuera quitada su matrícula.
Bien, ahora LA CORTE LES RECHAZO EL RECURSO a los abogados del Colegio de abogados de Rosario, y CON COSTAS!.
En los próximos días, el Dr. Gonzalo Pablo Miño, defensor del Dr. Juan Daniel Amelong, iniciará una demanda por los daños y perjuicios correspondientes, "solicitando la resposnabilidad personal de los Directores del Colegio de Abogados de Rosario, pues el colegiado no tiene porque pagar el mamarracho juridico que hicieron estos tipos. "



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Así mataron al Ing. Amelong, padre del Dr. Juan Daniel Amelong...


Así mataban los Montoneros...




El ingeniero Raúl Amelong llevaba a su hija a la facultad…como casi siempre.
Era Junio. Era 4. Y corría el año 1.975.
Presidía la Argentina la viuda de Perón.
Raúl Amelong trabajaba en Acindar, tenía 10 hijos y junto a él viaja Inés, su hija de 18 años.
Un semáforo en rojo. Amelong que frena. Inés que repasa con su padre unos ejercicios de matemática…y la tragedia que se desata. Una explosión tras otra. Vidrios rotos, sangre a borbotones. Gritos desesperados. Raúl Amelong que cae sobre su hija. Inés que reza. Silencio. “van a volver…” suspira y avisa Raúl Amelong en agonía.
Siempre volvían. Había que rematar al moribundo. Así era la “valentía” cobarde del terrorismo en Argentina.
Inés entonces reza con más fuerza. También está herida de muerte, pero no es aún su hora. Se salva de milagro. Así lo dispuso Dios.
Otro poco de silencio. Y otra vez la locura. El último puñado de tiros en la cabeza de su padre moribundo. El remate. El sello terrorista. El broche final de la locura asesina.
¿El gobierno?: Democrático.
¿Las víctimas?: Civiles. Un padre y su hija.
El odio del terrorismo, y su plan sistemático para acorralar de miedo a la sociedad.
Ese 4 de junio de 1.975…los Montoneros dejaban en claro el mensaje de guerra: Contra la democracia, y contra la población civil sin distingos.
Asesinar. Caiga quien caiga y muera quién muera.


Horacio R. Palma

lunes, 14 de octubre de 2013

Hay que quebrar el círculo del odio


Lunes 14 de octubre de 2013 | Publicado en edición impresa
Heridas abiertas
Justicia asimétrica no es justicia, dice el autor. Si no se juzga y se condena a todos los responsables de la violencia política de los años 70, la única alternativa válida es optar por la amnistía o el indulto
Por Ibo Marché  | Para LA NACION
Algunas manifestaciones de Héctor Ricardo Leis en su artículo "Los militares tienen que romper el silencio", publicado en esta página el 2 de septiembre pasado, suscitaron asombro entre muchos de quienes anhelamos la paz, la concordia, el perdón y la reconciliación entre los argentinos.
Creíamos que Leis -que en los años 70 integró la organización Montoneros y que hoy rechaza "la verdad violenta" que sustentó hace ya muchos años- compartiría aquel anhelo y se sumaría a quienes estamos empeñados en dejar atrás un deplorable pasado de odios y discordia. ¿Estábamos equivocados? Por lo pronto, disentimos en el punto de partida. Confío, sin embargo, en que coincidamos en la meta, que es para ambos la reconciliación nacional.
Leis expresa en su artículo que en los años 70 "hubo crímenes terribles de todas las partes"; que no fueron las Fuerzas Armadas "las que comenzaron el caos y la orgía de violencia que se extendió por el país a partir del 25 de mayo de 1973"; que "no existe ninguna declaración de parte de militares que tomen posición de forma autocrítica"; que "el silencio de los militares afronta su dignidad"; que "se explica que la mayoría de los ex guerrilleros no quieran hablar, lo hacen para no perder la confortable e indigna condición de víctimas en la que los mantiene este gobierno", pero que le "resulta inexplicable que personas prácticamente condenadas a morir en la cárcel decidan no hablar en defensa de su dignidad".
No ponemos en duda la recta intención de Leis, pero creemos que, con las bases que él propone, la reconciliación es imposible y la "ley del odio" -así la denominaba Joaquín V. González en un célebre trabajo publicado en 1910- continuará su obra devastadora. Las consecuencias de esa tendencia están a la vista: un clima en el que la revancha de quienes fueron derrotados militarmente se ceba sobre ancianos octogenarios. Difícilmente se haya dado antes una situación similar. Y no se vislumbran para el futuro inmediato alternativas claras, prometedoras de un restablecimiento pleno del sistema republicano y, por ende, de las libertades constitucionales, con separación de poderes y administración de justicia independiente e imparcial, sin ideologismos ni partidismos que la desnaturalicen.
Finalizados los juicios a las juntas militares, Alfonsín y Menem levantaron la bandera de la concordia a través de las leyes de amnistía y de los indultos convalidados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Muchos nos ilusionamos entonces con el comienzo de un período de paz que fuera fecundo en todos los planos y sirviera de base a un proceso de recíproco perdón y genuina reconciliación.
La llegada del matrimonio Kirchner frustró esa línea de pacificación por la que optamos en los siglos XIX y XX, después de graves conflictos internos. En contraste con sus antecesores, y olvidando las buenas relaciones que tuvieron en Santa Cruz con el gobierno militar, los Kirchner levantaron la bandera de la discordia, el enfrentamiento y la descalificación del adversario, todo en nombre de una supuesta construcción de poder que, a la luz de los últimos comicios, tenía bases muy frágiles y perecederas.
Tal vez lo más censurable haya sido el avance del Poder Ejecutivo sobre el Judicial. Como resultado de esa política institucionalmente regresiva, hoy los jueces vulneran sin parpadear el principio de legalidad y aplican retroactivamente normas penales, lo cual, siguiendo a Giuseppe Betiol, más que una herejía es una blasfemia jurídica. Además, se hizo tabla rasa con el principio constitucional de la cosa juzgada, se resucitaron arbitrariamente acciones penales extinguidas, se modificó la jurisprudencia sobre detención domiciliaria que, en forma discriminatoria, les fue negada a los militares mayores de setenta años, pasando por alto el claro sentido de la normativa vigente. Los presos militares se están muriendo sin atención médica elemental: se les niega la internación en establecimientos adecuados a sus enfermedades a enfermos muy graves.
Tal vez lo más ofensivo del proceder judicial de la última década ha sido la asimetría con que se han abordado las secuelas de nuestra última guerra. Cualquier militar, incluso cuando no se trata de quien ha ejercido funciones de comando, sino de un subteniente veinteañero que simplemente estaba destinado en una u otra unidad, ha pasado a ser responsable de delitos de lesa humanidad y condenado -como dice Leis- a "morir en la cárcel". En contraste, los guerrilleros de todos los niveles, aunque sean responsables directos de crímenes abominables, han quedado transformados, bajo el influjo de los Kirchner, en "jóvenes idealistas", se les han pagado indemnizaciones altísimas cuyas cifras cuidadosamente se ocultan, han sido beneficiados con una sentencia de la Corte Suprema ("Lariz Iriondo") que les garantiza la más absoluta impunidad y fueron premiados con cargos y altas funciones en la administración del Estado.
Ésta es la situación que omite exponer Leis en su artículo y que debe ser previamente resuelta porque justicia asimétrica no es justicia. Es más bien un atentado contra la justicia. Pretender construir la reconciliación sobre tales cimientos es como querer edificar sobre arena movediza. Por esta vía, el proceso de desintegración y decadencia seguirá su curso y dejaremos a nuestros hijos y nietos un país en ruinas, fragmentado, cargado de resentimientos y sed de venganza.
Aparentemente, para Leis, el motivo de la discriminación que se hizo en la era kirchnerista entre las extralimitaciones de los guerrilleros y las de los militares es que éstas fueron de mayor gravedad. En rigor, es un enfoque que no adoptó ninguna de las numerosas amnistías sancionadas en el curso de nuestra historia. Ello a pesar de que, cuando se aprobó la primera, en el Pacto de Unión Nacional entre la Confederación y Buenos Aires, quedaron amnistiadas -entre otras prácticas salvajes- todas las bárbaras ejecuciones a lanza y cuchillo que hacían a veces los vencedores con los vencidos, si éstos no huían a tiempo. ¿Esas prácticas no fueron acaso también delitos de lesa humanidad?
Hay que quebrar el círculo del odio y debemos todos abrirnos a una genuina pacificación. Para recorrer el camino que conduce al perdón y a la reconciliación nacional, están disponibles las medidas previstas en la Constitución: la amnistía y el indulto (arts. 75 inc. 20 y 99 inc. 5° C.N.). La primera extingue la acción penal y la segunda configura una condonación. A ellas han recurrido los pueblos sabios después de las guerras civiles, tanto en Europa como en América. También nosotros, para aplacar los odios engendrados por nuestros enfrentamientos armados. Si se considera que no es conducente al bien común juzgar y condenar a todos los que participaron en los horrores de la guerra, la única alternativa válida es optar por la amnistía o el indulto. Inadmisible e injusto es adoptar un criterio sesgado y asimétrico, como se ha hecho a partir de los Kirchner, que libera de toda responsabilidad a quienes iniciaron la guerra y encarcela de por vida a los que, aun con extralimitaciones, los derrotaron militarmente en cumplimiento de órdenes de aniquilamiento impartidas por dos presidentes constitucionales, mediante decretos que firmaron todos los ministros.
No es cierto que los delitos imputados a militares, policías y algunos civiles no sean amnistiables ni indultables. La Constitución y los tratados mencionados en el art. 75 inc. 22 no lo prohíben. Hay dos que incluso expresamente lo autorizan: son los art. 4 incs. 2 y 6 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y al art. 6 incs. 2 y 4 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que autorizan la amnistía para los "delitos más graves", incluso los castigados con pena de muerte.
El proyecto de ley de amnistía presentado en 2004 por el entonces diputado Jorge R. Vanossi, con impecable fundamentación constitucional, marca un camino que en algún momento deberíamos emprender.
© LA NACION.

domingo, 13 de octubre de 2013

Entrevista con el Coordinador de Salud y Bienestar del Ministerio de Defensa‏

El día 10 de octubre, a las 16:30 horas, la Sra María Cecilia Pando junto a dos representantes de AFyAPPAestuvieron reunidas en el Ministerio de Defensa con el Dr. Armando Perichon, Coordinador de Salud y Bienestar de las Fuerzas Armadas, para reclamar por la atención médica en los Hospitales de las Fuerzas Armadas del personal detenido por presuntas violaciones a los Derechos Humanos en distintos establecimientos penitenciarios. 
En dicha reunión, que se desarrolló en un marco de mucha cordialidad, el Dr Perichón explicó que él no podía hacer nada respecto a la atención en los Hospitales Militares, por cuanto la medida había sido tomada en una decisión conjunta de los Ministerios de Defensa, Salud y Seguridad, después de la fuga de dos detenidos.
Después de exponerle respecto a la injusticia y el anacronismo de adoptar una represalia de tal naturaleza, se le brindaron al funcionario los siguientes fundamentos para efectuarle nuestro reclamo.
Que desde la resolución adoptada, la mayoría de los detenidos no está recibiendo la atención médica que necesitan.
Que nuestros detenidos han pagado durante toda su vida la obra social y  que tienen derecho a ser atendidos en esos nosocomios.
Qué el servicio penitenciario no cuenta con la logística necesaria para atender todos los traslados.
Qué los penales no están preparados para atender a gente cuyo promedio de edad es de 70 años.
Que las prepagas no quieren recibir a los detenidos por el circo que habitualmente monta el Servicio Penitenciario dentro del lugar, dificultando la atención de otros asociados y opacando la imagen comercial de dichos establecimientos.

Que ideologizados por la propaganda recibida durante estos últimos años, algunos médicos de hospitales públicos se niegan a brindar la atención que requieren nuestros familiares y amigos.

También se le explicitaron algunos casos graves individuales de salud dentro de los penales  y se le recordaron el número de los muertos en cautiverio por falta de la atención médica que necesitaban.

Como respuesta, el Dr. Perichón se comprometió a atender especialmente los casos de salud que están sin atención, solicitando de nuestra parte se le presenten todos los antececentes de salud de quienes necesiten su apoyo. También aclaró que si la justicia decide mandar a un detenido a algún Hospital de la Fuerza, el Ministerio de Defensa no se interpondrá en la decisión.

Carta de la hija de un coronel condenado

ctubre 13, 2013
By 
Mario Nakagama
El lunes pasado, los coroneles Carlos Eduardo del Valle Carrizo Salvadores, Mario Nakagama y Jorge Ezequiel Acosta fueron encontrados culpables de los 14 asesinatos por el Tribunal Oral Federal de Catamarca. María José Nakagama, hija de uno de los condenados, escribió la siguiente carta a propósito de la situación de su padre.
“Muchos ya se habrán enterado la injusticia que se ha cometido contra mi familia en el día de ayer. Mi viejo ha sido condenado a cadena perpetua por homicidio doblemente calificado por alevosía y por el concurso de dos o más personas.
Hemos recibo la noticia con sorpresa ya que nunca imaginamos que se pudiera cometer una barbaridad de este calibre, aunque mirando en retrospectiva no deberíamos haber subestimado el poder coerción que se tiene sobre los jueces, pero teníamos la esperanza de haber llegado a una instancia donde no fuera tan fácil el apriete y definitivamente nos hemos equivocado.
He tenido la oportunidad de acompañar a mi viejo en la audiencia de los alegatos. En primer lugar oímos lo que tenía que decir el fiscal, que no dijo nada, sólo afirmar que se había demostrado el atroz crimen cometido por los imputados, haciendo parecer a los miembros del ERP como un grupo de monjas que estaban de paseo y fueron fusilados sin contemplaciones.
Fue muy interesante escuchar los alegatos de la defensa. Si bien yo ya había leído los escritos anteriores presentados, los alegatos hicieron un contundente resumen de los hechos y refutaron todas y cada una de las acusaciones, citando incluso fallos emitidos por los mismos miembros del tribunal que reforzaban la inocencia.
El día lunes he asistido a una clase magistral de historia, derecho penal y organización militar que me ha permitido terminar de entender los acontecimientos por los cuales acusan a mi padre.
Lo más importante de todo es entender qué es un delito de lesa humanidad, porque esa es la piedra fundamental a partir de la cual gira todo.
Nuestro país está obligado a cumplir con las convenciones y tratados internacionales que suscribe. Y entre ellos se encuentra el estatuto de Roma, de la Corte Penal Internacional, que requiere que para que un acto se considere como delito de lesa humanidad debe reunir los requisitos de tratarse de actos atroces llevados a cabo como parte de un ataque generalizado y sistemático en contra de una población civil y que sea parte de una política del Estado.
Teniendo en cuenta que:
• Los hechos que se imputan ocurrieron en agosto de 1974, en pleno gobierno constitucional y que numerosos fallos, incluidos de la corte suprema, han declarado que antes del año 1975 no existía un plan generalizado y sistemático de persecución.
• No existieron actos atroces. El intento de copamiento del regimiento 17 por parte de integrantes del ERP y posterior rechazo por las fuerzas militares y policiales, derivan en la muerte de 14 integrantes guerrilleros como consecuencia de un combate que se lleva a cabo en campo abierto. A lo largo de la causa se demuestra que tenían por objetivo de aprovisionarse de armas “para el pueblo” y para ello no dudaron en el intento de copamiento a mano armada. Habiendo sido avistados por un ciclista que alerta a las fuerzas policiales, en inferioridad numérica y perdido el factor sorpresa, no dudaron en matar a varios policías, a los cuales quitaron armas, uniformes y vehículo para darse en fuga.
• ¿Quién en su sano juicio puede considerar a este grupo de guerrilleros como población civil? Porque si bien la fiscalía alegó que es indudable que eran civiles, ni ellos se lo creen. Los sobrevivientes han declarado muy orgullosamente que todos y cada uno de ellos eran combatientes. No basta tratar de rendirse para pasar de ser combatientes a civiles. Porque si bien “trataron” de rendirse, mientras uno levantaba las manos, el de atrás le disparaba a los policías.
• Y por último: No existen pruebas que haya existido (porque no existio) fusilamiento. La muerte de los guerrilleros no fue más que una derrota, en un enfrentamiento que ellos mismos provocaron, pero la idea que tienen de fusilamiento y feroz represión no es más que la excusa para considerarse mártires de la causa, y obviamente nunca viene mal una millonaria indemnización.
Inventan un delito que no existió y necesitan un culpable. Y como el que por aquel entonces era jefe del regimiento ya se murió, agarran a cualquiera y nos ha tocado a nosotros. Usando una teoría de responsabilidad mediata, sos culplable porque estabas cerca y todos los demás hoy están muertos. Hubiese sido mejor que te quedaras durmiendo y nadie te vea (aunque seguramente se hubieran inventado que igual estabas) Si alguno de ustedes se acuerdan de mi hermano menor, él hoy tiene la misma edad que mi viejo en 1974; con 22 años y grado de subteniente, hoy, más de 40 años después, se lo considera responsable de lo que los ellos denominan masacre de Capilla del Rosario.
Es muy duro. Todo es política. El derecho y la ley no cuentan. Los jueces cambian de rumbo y argumento como si fueran una veleta y no tienen en cuenta ni siquiera lo que ellos mismos dicen en otros fallos, porque en este caso no les conviene.
Seguiremos luchando con la certeza de inocencia. Estamos tranquilos. Sabemos que va a ser un camino largo, pero esperemos que los vientos políticos nos sean más favorables en el futuro”.
María José Nakagama

martes, 8 de octubre de 2013

Acto en Tribunales de Hijos y Nietos de Presos Políticos

Videos del Acto

https://www.youtube.com/watch?feature=player_embedded&v=WUs9Dy6Qt

Hijos y Nietos de Presos Políticos de Argentina

Varias agrupaciones acompañaron en el día de ayer a la Asociación de Hijos y Nietos de Presos Políticos de Argentina para pedir Justicia por los juicios que se están llevando a cabo en diferentes partes del país por los mal llamado "Delitos de Lesa Humanidad"



domingo, 6 de octubre de 2013

Hijos y Nietos de Presos Políticos

La Asociación de Familiares y Amigos de Presos Políticos de Argentina adhiere e invita al acto que realizarán los Hijos y Nietos de Presos Políticos de Argentina, el día 07 de octubre a las 11:00hs frente al Palacio de Tribunales sito en Talcahuano 550, de la Ciudad Autónoma de Bs.As

Hay más de mil presos políticos en nuestro país (Policías, Penitenciarios, Militares, Fuerzas de Seguridad y Civiles), ilegalmente detenidos por haber combatido al terrorismo y 220 que ya murieron en cautiverio por abandono de persona.

Acompañemos a sus hijos y nietos a pedir justicia, hoy les toca a ellos, mañana a cualquiera de nosotros. No miremos para un costado, es hora de comprometernos, ellos nos necesitan.


sábado, 5 de octubre de 2013

lanacion.com | Política Sábado 05 de octubre de 2013 | Publicado en edición impresa Presos Pronunciamiento duro de Bonadio contra Sbattella

El juez lo criticó por aplicar la ley antiterrorista a dos ex represores fugados
Por   | LA NACION

El juez federal Claudio Bonadio cargó con dureza contra el jefe de la Unidad de Investigación Financiera (UIF), José Sbattella. Lo hizo al rechazar un recurso de apelación del organismo contra una decisión del juez, que había anulado el congelamiento administrativo de los fondos de dos ex represores que se escaparon del Hospital Militar.
Bonadio, que de todos modos dispuso el congelamiento judicial de los bienes de Gustavo de Marchi y Jorge Olivera, dijo el 31 de julio pasado que no correspondía aplicarles la ley antiterrorista. Esa norma es la que permite a la autoridad administrativa congelar los fondos para evitar que sigan financiando actividades terroristas.
Pero Bonadio no compartió esta interpretación y le recordó que su causa es por la fuga de los militares. "La persistencia del funcionario en llamar a los prófugos como «terroristas prófugos»", dijo el juez, no justifica el congelamiento administrativo de los bienes de los evadidos y de otras personas cercanas.
Además, le dijo que había rechazado su pedido de ratificación judicial del congelamiento de bienes porque que no le correspondía a la UIF intervenir en el caso en el que se investiga la fuga: "En todo caso el titular de la UIF erró el juzgado donde debía hacer su presentación", le dijo. Sbattella obtuvo un respaldo a una medida similar en otra causa de un militar prófugo que tramitó ante Norberto Oyarbide.
Sbattella alegó que anular la decisión administrativa que ordenó el congelamiento de los fondos "atenta contra la labor propia del organismo en la lucha contra la financiación del terrorismo y es de extrema gravedad".
Bonadio le contestó que se desprendía de su respuesta que Sbattella y los abogados que lo asesoran "no entienden el concepto de división de poderes instituido por la Constitución de 1853". Y le explicó que el Estado tiene tres poderes y que una vez que una situación es judicializada, la decisión es del Poder Judicial y el resto de los organismos son auxiliares de la Justicia. Las decisiones administrativas de otros poderes del Estado -aun las dictadas dentro de sus atribuciones- "no pueden condicionar ni obligar a los magistrados a tenerlas por válidas y útiles", le enrostró.
"En el presente caso la actuación administrativa de la UIF no fue considerada, por el momento, ni relevante ni útil", escribió el juez.
Y ante el cuestionamiento que hizo Sbattella porque Bonadio se negó a considerar terroristas -en los términos de la ley antiterrorista- a los ex represores condenados le respondió: "Nuevamente asombra la ignorancia del derecho positivo que manifiestan los funcionarios de la UIF", ya que "el concepto de terrorismo y su financiamiento no aplica a los hechos de la causa", le dijo el juez. Así rechazó su apelación porque entendió que la UIF no es parte en el proceso.