Los
hechos:
Oportunidad: El
día miércoles 29/05/13, en horas de la tarde.
Lugar:
Alcaidía de los Tribunales de Comodoro Py (Unidad 29 del SPF)
Debido
a que se iba a dictar sentencia a un grupo de delincuentes “pesados”, el
personal del SPF, había adoptado una serie de medidas cautelares propias de las
circunstancias, como –por ejemplo- ingresar de a varios en el sector de celdas
y contar con el apoyo del grupo GEI (Grupo Especial de Intervención).
Como
siempre (y por ello ya los presos comunes las tienen identificados), los primeros
calabozos son ocupados por los Presos Políticos (son los que llaman “los
calabozos de lesa”). Ese día, se encontraban Ricardo Cavallo, que concurría a
la audiencia del juicio “ESMA”, y Oscar Feito
Y
apareció el error humano: un celador entró solo al sector de calabozos comunes,
y al proceder a abrirlo, lo “manotearon”, le pegaron lastimándolo gravemente y
le quitaron los “piques” (llaves para abrir esos calabozos). Procedieron a
liberar a todos los presos y se dirigieron a “los calabozos de lesa”.
No
estaba la llave de ese calabozo, y Oscar Feito se encontraba solo, debido a que
Cavallo había concurrido a la sala de audiencias. Los presos comunes arrancaron
literalmente la puerta del calabozo y procedieron a agredir a Carlos Feito, por
el sólo hecho de encontrarse allí, tildándolo de “represor”; identificándose,
los agresores, como pertenecientes al “Batayón Militante”, que responde a las
órdenes del Director Nacional del Servicio Penitenciario Federal, Dr. Víctor
Hortel. Asimismo procedieron a romper todas las pertenencias de Cavallo, las
que habían quedado en ese calabozo.
Feito
debió ser suturado (seis puntos) por una herida cortante en su cabeza,
presentaba múltiples escoriaciones y contusiones y heridas punzantes en sus
miembros inferiores; quedó –prácticamente- “bañado en sangre”.
Esa
misma noche fue trasladado el Hospital Militar de Campo de Mayo, dónde quedó
internado luego de que se le realizara una tomografía computada.
Cabe
destacar que, casi inmediatamente, ingresó el grupo GEI por el acceso posterior
y redujo a los agresores, pero la acción ya se había desarrollado. Fue el
comentario generalizado del personal de SPF presente, que ya “estaban cansados”
de informar a las autoridades judiciales, que deben encontrar un lugar para
alojar a los Presos Políticos, debido a que ya existían antecedentes y ellos
sabían de las intenciones y amenazas preexistentes de atentar contra la vida o
integridad física de los mismos, por parte de los presos del “Batayón
Militante” y los identificados con “La Cámpora ”.
Las
conclusiones y la probable evolución:
Lo
ocurrido en la Unidad
29 del SPF, puede ocurrir (y en una mucho mayor magnitud) en cualquier unidad
del SPF que aloje Presos Políticos.
Éstos
son un “blanco rentable” para integrantes del “Batayón Militante”, que se
encuentran organizados en TODAS las unidades penitenciarias y como “fuerza de
choque” de “elite” de “La
Cámpora ”. Compuesto por asesinos, ladrones violentos,
violadores y todo tipo de carroña social, normalmente jóvenes en edad.
Es
decir, los Presos Políticos, constituyen una “población en riesgo” en cualquier
cárcel dependiente del SPF, por mayor esmero que ponga éste en evitar el
contacto.
Por
lo tanto, se debe responsabilizar a todos y cada uno de los jueces que deciden
el alojamiento de todo Preso Político en una unidad dependiente del Servicio
Penitenciario.
Pero
existe también otra posibilidad; y es que en defensa de su integridad un Preso
Político lastime, hiera o mate a un militante del “Batayón”. Entonces ¿qué van
a decir? ¿que un “represor” nuevamente mató a un “joven idealista”?
Porque
la diferencia, si la hay, entre esta situación planteada y lo que ocurría con
la delicuencia terrorista de los años ´70, es ínfima.
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