jueves, 28 de febrero de 2013

Corte Suprema de Uruguay


La Corte Suprema de Uruguay  declaró inconstitucional una ley que había hecho imprescriptibles las violaciones  a los derechos humanos durante la dictadura militar porque consideró que una ley no puede aplicarse con retroactividad.

En nuestro país leyes similares se aplican sistemáticamente vulnerando este y ortros principios del derecho, por jueces prevaricadores que adoptan resoluciones "motivados" por Organismos Gubernamentales y No Gubernamentales de Derechos Humanos.  Nuestros jueces saben perfectamente que la figura de lesa humanidad no está tipificada en el Código Penal Argentino, ni mucho menos en la Constitución Nacional, y que su codificación, a nivel internacional, recién se concretó en 1998 con el estatuto de Roma, mucho tiempo después de los hechos juzgados, y que explícitamente reniega de cualquier aplicación retroactiva.

La decisión de la Corte Suprema del Uruguay constituye un mensaje republicano que debería iluminar el escenario latinoamericano, tan proclive a utilizar a la justicia para satisfacer necesidades políticas de los mandatarios de turno. En este caso, vemos con sana envidia que Uruguay no ha permitido la prostitución de la señora justicia.

  María Cecilia Pando

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